BASES LEGALES DEL SORTEO “600.-€ PARA VIVIR MEJOR”.

Base 1.- Organizador del Sorteo y periodo de vigencia: 

ALCAMPO, S.A. (en adelante, ALCAMPO), con C.I.F. A28581882, y con domicilio social en Madrid, Calle Santiago de Compostela Sur s/n, Edificio de Oficinas La Vaguada, 28029, organiza en colaboración con Procter & Gamble con NIF A28198752, domicilio en AVDA. DE BRUSELAS, 24, ALCOBENDAS, MADRID,(que actúa como sponsor del Sorteo) un sorteo de acuerdo con las presentes bases (en adelante, las “Bases”) y consistirá en la entrega del premio que se detalla en Base 5.

El Sorteo comenzará el día 3 de junio del 2025 a las 0:01h horas y finalizará el día 30 de junio a las 00:00 horas.

Base 2.- ¿Quién puede participar?.

Podrán participar en el sorteo “600.-€ PARA VIVIR MEJOR” (en adelante el “Sorteo”) las personas físicas mayores de 18 años, con residencia legal en España, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser miembros del Club de Fidelidad Alcampo (aquellos clientes que deseen participar y todavía no sean miembros del Club de Fidelidad Alcampo, podrán adherise al Club de Fidelidad Alcampo con carácter previo a la realización de la compra. A estos efectos, se hace constar que la adhesión al Club de Fidelidad Alcampo es gratuita y podrá realizarse a través de la web o en los puntos de información habilitados en los establecimientos Alcampo.)

  • Realizar, en alguno de los establecimientos Alcampo (o a través de la web www.alcampo.es) una compra en la que se incluyan (en el mismo ticket) al menos de 5 artículos de alguna de las marcas “Procter & Gamble” que se detallan en el Anexo I. Será imprescindible la identificación como socio del Club Alcampo en el paso por caja, así como en el ecommerce. Se hace constar que sólo serán válidas para participar, aquellas compras que incluyan cinco o más artículos de las marcas “Procter & Gamble” en un único ticket. 

A los efectos oportunos se hace constar que será requisito imprescindible para participar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos detallados anteriormente. Serán válidas tanto las compras realizadas a través de la web de Alcampo www.alcampo.es como las compras físicas realizadas en los propios establecimientos.

Los participantes entrarán en un Sorteo de seis premios consistentes en la entrega de Tarjetas Regalo Alcampo valoradas en un total de TRES MIL SEISCIENTOS EUROS (3.600.-€) cada una de ellas, que se entregarán en formato físico, una tarjeta por mes desde julio hasta diciembre, de acuerdo con las condiciones que se establecen en la Base 3. El saldo en la tarjeta tendrá la validez de 1 año desde cada recarga. 

No podrán participar en el Sorteo aquellas personas que se encuentren vinculadas mediante relación laboral a ALCAMPO o a cualquier empresa perteneciente al mismo Grupo en España u otras personas que tengan relación con la organización del Sorteo y/o sus familiares en primer grado.

Se permitirá participar tantas veces como se desee, pero únicamente se podrá recibir un premio, además, se hace constar que en caso de resultar ganadores varias personas que compartan el mismo domicilio, sólo se hará entrega de un único premio.

ALCAMPO se reserva el derecho de cancelar todas las participaciones de usuarios que considere que han tenido un uso indebido o una participación fraudulenta en el presente Sorteo. Tales como el uso de mecánicas para conseguir ganar o entorpecer a otros usuarios de manera indebida.

Igualmente, ALCAMPO se reserva el derecho a reclamar o tomar las medidas legales oportunas. La participación en el presente Sorteo es gratuita.

Base   3.-   ¿Qué requisitos son necesarios para participar?

Todas aquellas personas que deseen participar en el Sorteo deberán:

  • Ser miembro del Club de Fidelidad Alcampo.

  • Realizar una compra en la que se incluyan (en el mismo ticket) al menos de 5 artículos de alguna de las marcas “Procter & Gamble” que se detallan en el Anexo I. Se hace constar que sólo serán válidas para participar, aquellas compras que incluyan cinco o más artículos de las marcas “Procter & Gamble” en un único ticket. Se debe proceder a la identificación como miembro del Club Alcampo en el ticket. 

  • Completar el formulario de participación en el sorteo que estará disponible en la web www.Alcampo.es.

Para poder participar en el sorteo será imprescindible cumplir con todos los requisitos anteriores.

Base 4.- Mecánica de participación.

Para participar en el sorteo, los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos durante el periodo promocional:

  • Ser miembro del Club de Fidelidad Alcampo.

  • Realizar una compra en la que se incluyan (en el mismo ticket) al menos de 5 artículos de alguna de las marcas “Procter & Gamble” que se detallan en el Anexo I. Se hace constar que sólo serán válidas para participar, aquellas compras que incluyan cinco o más artículos de las marcas “Procter & Gamble” en un único ticket. 

  • Cumplimentar el formulario habilitado al efecto en alcampo.es, la app Club Alcampo, en redes sociales y/o newsletter de alcampo, aceptando las bases legales. 

Como se ha indicado en la BASE anterior será requisito imprescindible para participar cumplir con todos y cada uno de los requisitos anteriores) . 

Cada ticket que cumpla con los requisitos contará como una (1) participación en el sorteo correspondiente durante todo el mes de aniversario (del 3 al 30 de junio).No hay límite de participaciones, por lo que los participantes podrán ingresar múltiples veces si presentan más tickets válidos.

El sorteo se realizará el 8 de julio y se seleccionarán al azar a seis (6) (utilizando la herramienta Easy Promos) familias ganadoras, que recibirán un premio de 600 euros mensuales, acumulando un total de 3.600 euros al finalizar el periodo. Y a partir del 10 de julio 2025 se comunicará a los ganadores vía telefónica y/o por email.

Base 5.- Método de selección de ganadores, número de ganadores, suplentes y premio.

Se seleccionará a seis (6) ganadores y seis  (6) suplentes, que serán elegidos aleatoriamente entre todos los participantes utilizando para ello la herramienta Easy Promos https://www.easypromosapp.com/es/. Los suplentes serán nombrados por si no fuera posible contactar con los ganadores o estos no cumplieran con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases o rechazasen su premio.

El Sorteo será realizado el día 8 de julio. Los ganadores serán avisados a partir del 10 de julio 2025  por teléfono y por email.

ALCAMPO, contactará con los ganadores mediante una llamada que será realizada el número de teléfono que conste en la base de datos “Clientes del Club de Fidelidad Alcampo” y también mediante el envío, a cada uno de los ganadores, de un correo electrónico, para informarles de su condición de ganadores y cerrar todos los detalles relativos al premio, pudiendo en ese momento ALCAMPO, solicitar información y/o documentación que permita acreditar los requisitos de participación previstos en estas bases.

Transcurridos quince (15) días hábiles desde el envío del correo (esto es, a contar desde el día 10 de julio) , sin que fuera posible contactar con el ganador o se determinara que no cumple con alguno de los requisitos de participación, rechazara el premio o incumpliera  alguna de las condiciones de estas Bases, éste perderá todo derecho sobre el premio, el cual se adjudicará al suplente quien pasará a tener condición de ganador. En el supuesto de que fuera igualmente imposible contactar con éste, rechazara el premio o incumpliera alguna de las condiciones de estas Bases, el premio se adjudicará a un nuevo suplente y así sucesivamente hasta que el premio quede cubierto.

Los 6 ganadores serán premiados con una Tarjeta Regalo Alcampo al mes por valor de SEISCIENTOS EUROS (600) cada una de ellas, de julio a diciembre, un total de TRES MIL SEISCIENTOS EUROS (3600€) como se ha indicado en la Base 4.

Base 6.- Fiscalidad

El premio, está valorado en 3.600 €.

La retención irá a cargo de la empresa: el ganador recibirá 3.600 €, asumiendo la empresa organizadora (Alcampo, S.A.) una retención de 856,79 €, siendo el valor fiscal del premio 4.456,79 €.

Se entregará  un certificado de retención al cierre del ejercicio fiscal.

Base 7.- ¿Cuándo puede ser declarado desierto el Sorteo?

El premio no podrá ser objeto de sustitución, cambio, alteración compensación o cesión a solicitud de los ganadores. No obstante, ALCAMPO se reserva la posibilidad de sustituir el premio por otro de características semejantes o superiores en caso de fuerza mayor.

ALCAMPO se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, y se comuniquen a éstos debidamente.

Asimismo, ALCAMPO se reserva el derecho de cancelar el Sorteo en cualquier momento por justa causa.

ALCAMPO no se hace responsable de la imposibilidad de contactar con el ganador ni de la imposibilidad de hacer entrega del premio porque los datos facilitados por los participantes sean incorrectos o incompletos. ALCAMPO se reserva el derecho de descalificar a todos los participantes que actúen de forma abusiva y fraudulenta, y a cualquiera de los participantes o ganadores que engañasen, ocultasen o falseasen los datos de participación o incumpliesen alguna de las condiciones de estas bases del Sorteo.

ALCAMPO no se hace responsable si el premio se otorga a algún participante ganador que no sea mayor de edad, porque haya ocultado o falseado los datos personales que se soliciten para su participación.

La mera participación en este Sorteo supone la aceptación íntegra de las presentes bases. ALCAMPO se reserva el derecho de descalificar las participaciones de personas que incumplan las mismas y especialmente cualquier participación en la que se consignen datos no veraces o cuando se consigne un perfil de usuario que se haya consignado en una participación anteriormente.

Base 8.- Aceptación de las condiciones del Sorteo.

La participación en el Sorteo supondrá la aceptación expresa y el sometimiento del participante a las presentes Bases.

Los participantes se comprometen a admitir la decisión interpretativa que ALCAMPO pueda darles sobre las presentes Bases o sobre cualquier cuestión derivada del Sorteo no contemplada en éstas.

Así, cualquier incidencia que pueda surgir y que no se refleje en estas Bases será resuelta por ALCAMPO  según su mejor saber y criterio

Las presentes Bases se rigen por la normativa española. La participación en el Sorteo implica la renuncia expresa por parte del participante al fuero que pudiera corresponderle aceptando los Tribunales y Juzgados de Madrid capital como competentes para dilucidar cualquier reclamación.

El incumplimiento de cualquiera de las Bases dará lugar a la exclusión del participante del Sorteo. Los participantes podrán consultar las bases del Sorteo en (https://cloud.news.alcampo.es/condicionesaniversario2025).

Base 9.- Protección de datos de carácter personal

En cumplimiento con el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, de 27 de abril, y con la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales, así como con la normativa vigente, le informamos que ALCAMPO, S.A. en calidad de Responsable del Tratamiento, tratará los datos facilitados con el fin de gestionar la intervención de los participantes en el Sorteo y poder proceder a la entrega del premio en el caso de los ganadores. El suministro de los datos con este fin es obligado, impidiéndose en otro caso la participación. Para ello se conservarán sus datos personales el tiempo imprescindible para gestionar su participación y en su caso entrega del premio en caso de resultar ganador. Los datos facilitados para la participación en el sorteo únicamente serán comunicados a las Administraciones Públicas competentes, en cumplimiento de sus obligaciones legales. 

 

La base de legitimación del tratamiento de sus datos es la relación contractual derivada de su participación voluntaria en el sorteo, aceptando las bases del mismo.

Los interesados pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento. A los efectos de ejercitar los derechos anteriores deberá dirigir una comunicación escrita a dpoare@alcampo.es o a la dirección calle Santiago de Compostela Sur, s/n, Edificio de Oficinas la Vaguada, 28029, Madrid. 

Puede ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de dpoare@alcampo.es. Igualmente, puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos si considera que se han vulnerado sus derechos que le son reconocidos por la normativa aplicable en protección de datos (www.aepd.es).